SECRETARIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR CIENCIA,
TECNOLOGIA E INNOVACION
SISTEMA NACIONAL DE NIVELACION Y ADMISION
FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
MODULO DE ORGANIZACIÓN Y GESTION DEL APRENDIZAJE
PROYECTO DE ELABORACION DE UN MANUAL SOBRE LOS
DERECHOS DE LA MUJER EN LA CIUDAD DE MACHALA
NOMBRE:
Xiomara Sanjines
DOCENTE:
Bioq. Carlos García M.
CURSO - SECCIÓN
Administración “A”
Machala - El Oro - Ecuador
OBJETIVOS
ü La meta que se busca es que todas las personas conozcan la
ley de la violencia contra la mujer y la familia, con el fin de que sepan a qué
mecanismos acudir, cuando se sienten ultrajado de algunos de los derechos que
esta norma contempla o también ¿Por qué no? Que sirva de información para
aquellos futuros profesionales del derecho en el caso que se presente un cliente que haya sido víctima de dichos problemas.
ü Con el fin que se pierda la ignorancia de
esta ley se procederá a nombrar los siguientes objetivos que ayudaran al logro de nuestra meta
"Importancia del conocimiento de la ley sobre la violencia contra la mujer
y la familia":
ü Se realizara la entrega de volantes que
indiquen que es esta ley y cuáles son los mecanismos a los cuales debemos
acudir, al igual de un segundo volante que indique el día en que será nuestra
defensa del trabajo con el fin de que los interesados acudan y por ende recojan
todo el conocimiento que nosotros les queremos brindar.
MARCO TEÓRICO
CONCEPTO DE DERECHOS HUMANOS
Para entender mejor el tema, es preciso
desarrollar en forma muy elemental, lo que constituye un derecho. En este
sentido, debemos decir que derecho, es un conjunto de principios, preceptos y
reglas a que están sometidas las relaciones humanas en toda relación civil, a
cuya observancia, las personas pueden ser compelidas por la fuerza. Siendo lo
anterior así, se puede también definir que los derechos humanos son derechos
inherentes a nuestra naturaleza y sin los cuales no podemos vivir como seres
humanos.
LOS DERECHOS HUMANOS DE LA
MUJER
Las mujeres tienen
derecho a:
1. Decidir
respecto de su vida sexual, es decir, respecto de cuándo desea y cuándo no desea
tener relaciones sexuales y negarse a prácticas sexuales que les degraden o lastimen.
2. Denunciar todo
ataque sexual de que sean objeto: ser atendidas inmediata, respetuosa y
diligentemente por los servidores públicos de las Agencias del Ministerio
Público, como los agentes, los médicos, los trabajadores sociales, los policías
y los peritos.
3. Esperar que se
les brinde servicio de justicia gratuitos y completos que incluyan tratamiento
contra enfermedades venéreas y terapia tendientes a curar el trauma físico y
emocional producido por la agresión.
4. Ser informadas
con claridad respecto del proceso consultadas cuando, a fin de perseguir un
delito que denunciaron, se requiera revisar su persona o sus ropas, y tratadas
con todo respeto a su dignidad y pudor durante la revisión.
5. Exigir que los
funcionarios de la administración no prejuzguen su dicho.6. Recibir orientación
respecto de cómo exigir a su victimario la reparación del daño.
La maternidad no
puede ser motivo de discriminación y debe ser atendida debidamente, lo cual
significa que las mujeres tienen derecho a:
1. Ser protegidas
durante el embarazo y en el ejercicio
de su maternidad.
2. Ser atendidas
por el personal de salud, en caso de enfermedad, de embarazo o de parto, con
respeto y cuidado y de acuerdo con su necesidad.
3. Ser consultadas
sobre si desean que se les aplique algún método anticonceptivo y ser respetada
cualquiera que sea su decisión al respecto.
4. Exigir que sus
derechos laborales no queden condicionados por la renuncia a la maternidad; es
decir, que no se les niegue un trabajo que solicita ni se les despida de uno
que tienen, porque están embarazadas.
5. Tener dos
descansos de media hora cada uno durante la jornada de trabajo para alimentar a
sus hijos lactantes.
6. Gozar, con la
percepción de su salario íntegro, de seis semanas de descanso anteriores y seis
posteriores al parto para reponerse y atender a los recién nacidos.
7. Recibir las
prestaciones que otorguen a las madres las normas especificas y los contratos
colectivos de trabajo.
La condición
femenina no debe ser pretexto para negar a la mujer trabajos dignos ni para darle
un trato discriminatorio en materia laboral.
Las mujeres tienen
derecho a:
1. Ser respetadas
en su trabajo, no ser objeto de acoso sexual y denunciar a quien les cause un
perjuicio laboral por no responder afirmativamente a sus demandas sexuales.
2. Recibir un
salario igual que los hombres por igual trabajo.
3. Obtener y
conservar un empleo sin que ello se condiciones a que renuncien al matrimonio.
Estos
derechos
están reconocidos por las leyes mexicanas y por los tratados
internacionales que México ha ratificado y que deben cumplirse. Por
lo tanto, es obligación de
las autoridades de nuestro país protegerlos.
Cuando alguien no
respete sus derechos a una mujer y cuando las autoridades administrativas que
deban protegerla no cumplan con ese deber; o cuando sea precisamente una
autoridad la que viole esos derechos, la mujer podrá acudir a la
Comisión de
Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas, a presentar su queja contra la
autoridad involucrada.
EL BUEN
VIVIR EN LA CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR
El Buen Vivir, más que una originalidad
de la Carta Constitucional, forma parte de una larga búsqueda de modelos de
vida que han impulsado particularmente los actores sociales de América Latina
durante las últimas décadas, como parte de sus reivindicaciones frente al
modelo económico neoliberal. En el caso ecuatoriano, dichas reivindicaciones
fueron reconocidas e incorporadas en la Constitución, convirtiéndose entonces
en los principios y orientaciones del nuevo pacto social.
No
obstante, el Buen Vivir es una apuesta de cambio que se construye continuamente
desde esas reivindicaciones por reforzar la necesidad de una visión más amplia,
la cual supere los estrechos márgenes cuantitativos del economicismo, que
permita la aplicación de un nuevo modelo económico cuyo fin no se concentre en
los procesos de acumulación material, mecanicista e interminable de bienes,
sino que promueva un modelo económico incluyente; es decir, que incorpore a los
procesos de acumulación y re-distribución, a los actores que históricamente han
sido excluidos de las lógicas del mercado capitalista, así como a aquellas
formas de producción y reproducción que se fundamentan en principios diferentes
a dicha lógica de mercado.
Asimismo,
el Buen Vivir, se construye desde las posiciones que reivindican la revisión y
reinterpretación de la relación entre la naturaleza y los seres humanos, es
decir, desde el tránsito del actual antropocentrismo al biopluralismo
(Guimaraes en Acosta, 2009), en tanto la actividad humana realiza un uso de los
recursos naturales adaptado a la generación (regeneración) natural de los
mismos.
Finalmente,
el Buen Vivir se construye también desde las reivindicaciones por la igualdad,
y la justicia social (productiva y distributiva), y desde el reconocimiento y
la valoración de los pueblos y de sus culturas, saberes y modos de vida.
La
Constitución ecuatoriana hace hincapié en el goce de los derechos como
condición del Buen Vivir y en el ejercicio de las responsabilidades en el marco
de la interculturalidad y de la convivencia armónica con la naturaleza
(Constitución de la República del Ecuador, Art. 275).
En
la Constitución del Ecuador se supera la visión reduccionista del desarrollo
como crecimiento económico y se establece una nueva visión en la que el centro
del desarrollo es el ser humano y el objetivo final es el alcanzar el sumak kawsay o Buen
Vivir. Frente a la falsa dicotomía entre Estado y mercado, impulsada por el
pensamiento neoliberal, la Constitución ecuatoriana formula una relación entre
Estado, mercado, sociedad y naturaleza. El mercado deja de ser el motor que
impulsa el desarrollo y comparte una serie de interacciones con el Estado, la
sociedad y la naturaleza. Por primera vez, en la historia de la humanidad una
Constitución reconoce los derechos de la naturaleza y ésta pasa a ser uno de
los elementos constitutivos del Buen Vivir.
Frente
al desmantelamiento del Estado impulsado por el neoliberalismo, se hace
fundamental recuperar el Estado para la ciudadanía, en el marco de la
recuperación de lo público, en un sentido más abarcativo. De ahí que la Carta
Magna fortalece el Estado recuperando sus roles en la planificación, regulación
y re-distribución. Sin embargo, no se trata de una visión estetizante, en la
que el antiguo rol del mercado es sustituido de manera acrítica por el Estado.
Por el contrario, al fortalecer y ampliar los derechos y al reconocer a la
participación como elemento fundamental en la construcción de la nueva
sociedad, la nueva Constitución busca el fortalecimiento de la sociedad como
condición necesaria para el Buen Vivir en comunidad. De este modo se impulsa la
construcción de un verdadero poder social y ciudadano.
Para la nueva Constitución, el sumak kawsay implica
mejorar la calidad de vida de la población, desarrollar sus capacidades y
potencialidades; contar con un sistema económico que promueva la igualdad a
través de la re-distribución social y territorial de los beneficios del
desarrollo; impulsar la participación efectiva de la ciudadanía en todos los
ámbitos de interés público, establecer una convivencia armónica con la
naturaleza; garantizar la soberanía nacional, promover la integración
latinoamericana; y proteger y promover la diversidad cultural (Art. 276).
La
importancia que se da a la diversidad en la carta magna del Ecuador, no se
restringe al plano cultural, sino que se expresa también en el sistema
económico. La Constitución ecuatoriana reconoce al sistema económico como
social y solidario, incorporando la perspectiva de la diversidad en su
concepción y superando la visión mercadocéntrica que lo definía como social de
mercado.
Para
la economía social el ser humano es el centro de la actividad económica y, por
lo tanto, la economía debe estar al servicio de la vida y no la vida en función
de la economía. Esto supone revertir la lógica perversa del capitalismo, para
el que la acumulación del capital constituye el motor de la vida. La economía
social, por el contrario, plantea la generación de una economía plural en donde
las lógicas de acumulación del capital y del poder estén subordinadas a la
lógica de la reproducción ampliada de la vida. Para ello, el trabajo es una
noción central. Se trata entonces de apoyar las iniciativas económicas de la
población desde la perspectiva del trabajo y no desde la perspectiva del
empleo, con el fin de garantizar que la riqueza quede directamente en manos de
los trabajadores (Coraggio, 2004).
A
esta reflexión se suma la sobrevaloración que ha adquirido, en los últimos
años, sobre todo entre los y las jóvenes, el ingreso por sobre el trabajo. Una
de las ideas más interesantes que podemos proponer para promover el Buen vivir
es, justamente, la recuperación de la dignidad del trabajo. Esto empieza con la
garantía para el ejercicio de los derechos laborales, pero también supone la
revaloración del trabajo como espacio de construcción de subjetividades, de
capacidades organizativas, de vínculos solidarios y de conocimientos prácticos
social y culturalmente relevantes.
La
dimensión social del Buen Vivir en la Constitución ecuatoriana busca la
universalización de los servicios sociales de calidad para garantizar y hacer
efectivos los derechos. De este modo, se deja atrás la concepción de educación,
salud o seguridad social como mercancías.
En
la dimensión ambiental del Buen Vivir, reconoce los derechos de la naturaleza,
pasando de este modo de una visión de la naturaleza como recurso, a otra
concepción totalmente distinta, en la que ésta es "el espacio donde se
reproduce y realiza la vida". Desde esta concepción la naturaleza tiene
"derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y
regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos
evolutivos", así como el derecho a la restauración (Art. 71 y 72). Los
servicios ambientales no son susceptibles de apropiación (Art. 74).
ALGUNAS
TÉCNICAS APLICADAS A MI INVESTIGACIÓN
ACRÓSTICO
FUENTES
DE INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL
PRIMARIAS
·
Páginas
de Internet
·
Libro
Derechos humanos de la
mujer: perspectivas nacionales e internacionales.
Libro editado por Rebeca
Cook.
·
Revistas
Hogar
Vistazo
SECUNDARIAS
Derechos de la mujer
En la declaración de los derechos de la mujer se exponen las principales necesidades a las que una mujer puede acceder. El fin de este documento es terminar con la desigualdad entre los sexos, dejar atrás el estigma del sexo dominante.
Los primeros cuatro
artículos nos hablan de libertad, igualdad, justicia y soberanía.
En cuanto a los siguientes artículos, del cuarto al décimo se habla sobre la forma en la que se debe obedecer a las leyes, pues tanto el hombre como la mujer tienen la obligación de responder a sus actos delictivos. También se exponen puntos sobre la participación en puestos y empleos públicos, la libertad de llegar al ascenso siempre y cuando no se viole ninguna ley.
En relación con el artículo decimoprimero, aquí se estipula el derecho y libertad de asumir la maternidad sin permitir caer en prejuicios y por ende, no abusando de este privilegio. El artículo decimosegundo expone que los derechos de la mujer no tienen el único fin de atender a las exigencias de las ciudadanas, sino que son una ventaja para todos.
En cuanto a los siguientes artículos, del cuarto al décimo se habla sobre la forma en la que se debe obedecer a las leyes, pues tanto el hombre como la mujer tienen la obligación de responder a sus actos delictivos. También se exponen puntos sobre la participación en puestos y empleos públicos, la libertad de llegar al ascenso siempre y cuando no se viole ninguna ley.
En relación con el artículo decimoprimero, aquí se estipula el derecho y libertad de asumir la maternidad sin permitir caer en prejuicios y por ende, no abusando de este privilegio. El artículo decimosegundo expone que los derechos de la mujer no tienen el único fin de atender a las exigencias de las ciudadanas, sino que son una ventaja para todos.
Por otro lado, similar a lo que explica el artículo decimotercero, cuyo fin principal es dirigido hacia la forma equitativa en la que hombres y mujeres deben contribuir en la fuerza y administración pública; el artículo decimocuarto habla sobre comprobar la contribución pública, que también debe ser igualitaria, por su parte el decimoquinto se refiere a que mujeres y hombres agrupados tienen el derecho a pedir cuenta de su administración a todo agente público.
Referente a los artículos restantes, el decimosexto establece que si para la creación de una constitución no han participado los individuos, esta será nula; y en cuanto al decimoséptimo artículo, destaca que la propiedad es un derecho inviolable, nadie puede ser privado de ella, en caso contrario debe ser bajo una justa indemnización.
Terciarias
Derechos
de la Mujer
Índice
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Pág.
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1. La lucha por los derechos de la mujer.
2. Educación y modelos de género.
2.1. Justificación contemporánea de las diferencias de género.
2.2. De leer a escribir: las mujeres toman la palabra.
2.3. El aprendizaje de la libertad.
2.4. La defensa de la escuela mixta.
3. Trabajo. Las tasas de actividad femenina.
3.1. Las modalidades de la actividad femenina.
3.2. Las tasas de actividad de las mujeres según el nivel de estudios.
3.3. Tasas de actividad de las mujeres según la situación familiar.
3.4. Las disparidades de sueldo hombre/mujeres.
3.5. El cuestionamiento del concepto "trabajo".
3.6. La segregación por sexo del mercado laboral.
3.6.1. La concentración de los empleos femeninos en algunos sectores de
actividad
4. El movimiento de ciudadanas emigrantes.
5. La imagen de la mujer en los medios de comunicación de masas.
6. Conclusión.
Bibliografía.
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ANEXOS
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